← Volver al listado

AbiertaANDALUCÍA

Resolución de 24 de julio de 2025,Subvenciones establecidas en la Orden de 05.10.2020,por la que se aprueban las BB.RR. para la concesión de subvenciones dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Linea 6 (Mínimi 1408/2013)

Código BDNS: 921621Ámbito: Fomento del Empleo

Resumen claro

  • Para: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA.
  • Reparten 8000 € en total.
  • Sin plazo cerrado: revisa las bases.
  • Ámbito: fomento del empleo.

Ficha técnica

Organismo convocanteCONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
NivelAUTONOMICA
Presupuesto total8000 €
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
FinalidadFomento del Empleo

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta subvención?
Para: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA.
¿Cuánto dinero se reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 8000 €. Esa cantidad se reparte entre las personas o entidades beneficiarias según las bases.
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Sin plazo cerrado: revisa las bases.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Tipo de convocatoria: Concesión directa - canónica.
¿Dónde se solicita?
La solicitud se realiza ante CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO. Puedes consultar la convocatoria oficial completa en el BDNS: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/921621

Más subvenciones de Andalucía

Si te interesa esta convocatoria, mira el resto de subvenciones públicas vigentes en Andalucía: están agrupadas y explicadas en el mismo formato claro.

Solicitarla

Esta es una ficha orientativa. Para presentar la solicitud, consulta la convocatoria oficial y sus bases reguladoras: