AbiertaANDALUCÍA
Resolución de 24 de julio de 2025,Subvenciones establecidas en la Orden de 05.10.2020,por la que se aprueban las BB.RR. para la concesión de subvenciones dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Linea 6 (Mínimi 1408/2013)
Resumen claro
- Para: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA.
- Reparten 8000 € en total.
- Sin plazo cerrado: revisa las bases.
- Ámbito: fomento del empleo.
Ficha técnica
Organismo convocanteCONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
NivelAUTONOMICA
Presupuesto total8000 €
Tipo de convocatoriaConcesión directa - canónica
FinalidadFomento del Empleo
Preguntas frecuentes
- ¿Quién puede solicitar esta subvención?
- Para: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA.
- ¿Cuánto dinero se reparte?
- El presupuesto total de la convocatoria es de 8000 €. Esa cantidad se reparte entre las personas o entidades beneficiarias según las bases.
- ¿Hasta cuándo se puede solicitar?
- Sin plazo cerrado: revisa las bases.
- ¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
- Tipo de convocatoria: Concesión directa - canónica.
- ¿Dónde se solicita?
- La solicitud se realiza ante CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO. Puedes consultar la convocatoria oficial completa en el BDNS: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/921621
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Solicitarla
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