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Bono Alquiler Joven 2026: 250 € ahora, 300 € con el nuevo plan y qué comunidades tienen el plazo abierto

Última actualización: 16 de septiembre de 2026 · Lectura: 9 min

Respuesta directa

En 2026 conviven dos bonos con el mismo nombre. El que puedes pedir hoy es el de siempre: 250 € al mes durante 24 meses (6.000 € en total), para menores de 36 años con ingresos de hasta 3 veces el IPREM (25.200 € al año) y alquileres de hasta 600 € (900 € en zonas caras). A día de hoy tienen el plazo abierto Canarias (hasta el 6 de octubre), Extremadura (hasta el 14 de octubre), Baleares (hasta el 30 de septiembre), La Rioja (hasta abril de 2027) y Ceuta (hasta agotar el crédito).

El de 300 € al mes (200 € por habitación) lo crea el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, aprobado en abril: sube el límite de ingresos a 5 veces el IPREM (42.000 €), el alquiler máximo a 1.000 € y la duración hasta 4 años. Pero cada comunidad tiene que firmar un convenio con el Ministerio y publicar una convocatoria nueva, y a 16 de septiembre de 2026 ninguna lo ha hecho todavía. Si cumples los requisitos del bono actual, no esperes: pide el que está abierto.

Qué comunidades tienen el bono abierto ahora

Esta tabla sale de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, donde por ley se registra toda convocatoria pública antes de concederse. Son las convocatorias autonómicas del Bono Alquiler Joven publicadas en 2026 y su estado a 16 de septiembre de 2026. Cada fila enlaza a la ficha con el plazo, el presupuesto y el documento oficial.

ComunidadEstadoPlazo de solicitudImporteFicha
CanariasAbierta15 sep → 6 oct 2026250 €/mes · vivienda o habitaciónVer ficha →
ExtremaduraAbierta15 jul → 14 oct 2026250 €/mes · 2026-2027Ver ficha →
Illes BalearsAbierta1 → 30 sep 2026250 €/mes · alquiler ≤ 900 € (habitación ≤ 450 €)Ver ficha →
La RiojaAbiertahasta el 30 abr 2027250 €/mesVer ficha →
CeutaAbiertahasta agotar el crédito (desde marzo 2026)concesión directa · 300.000 €Ficha en el BDNS →
Comunitat ValencianaCerrada24 ago → 11 sep 2026250 €/mes · 29,8 M€Ver ficha →
Cataluña (2.ª convocatoria)Cerrada29 jun → 10 jul 2026vivienda o habitación · 26,8 M€Ver ficha →
Cataluña (1.ª convocatoria)Cerrada9 → 13 mar 2026250 €/mes · 29 M€Ficha en el BDNS →
AsturiasCerradaun mes desde enero 2026250 €/mes · 2026-2027 · 6,6 M€Ficha en el BDNS →

Todas estas convocatorias se rigen por el Real Decreto 42/2022 (bono de 250 €). En el resto de comunidades (Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra y Melilla) no consta en el BDNS ninguna convocatoria del Bono Alquiler Joven publicada en 2026; el País Vasco tiene un programa propio con otro nombre (Gaztelagun). Puedes comprobar en tiempo real las ayudas al alquiler abiertas en toda España o filtrar por tu comunidad: refrescamos los datos cada 6 horas.

Por qué en 2026 se pagan 250 € y no 300 €

La confusión viene de que en abril de 2026 se publicó el Real Decreto 326/2026, que regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 y crea una nueva «ayuda al alquiler para la emancipación de las personas jóvenes» de hasta 300 € al mes. La prensa lo contó como una subida del bono, y es cierto sobre el papel. Pero el plan estatal no paga directamente a nadie: fija las reglas y reparte el dinero entre las comunidades autónomas, que son las que convocan, resuelven y pagan.

Para que una comunidad pueda ofrecer los 300 € tienen que pasar tres cosas:

  1. Firmar el convenio bilateral con el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que le asigna su parte del plan 2026-2030.
  2. Aprobar unas bases reguladoras nuevas adaptadas al RD 326/2026 (las actuales remiten al RD 42/2022).
  3. Publicar la convocatoriaen su boletín oficial y en el BDNS. El nuevo plan exige que sean convocatorias «abiertas de forma continuada y permanente» (artículo 138), es decir, sin la carrera de plazos de dos semanas de ahora.

Mientras tanto, las comunidades están gastando el dinero que les quedaba del plan 2022-2025 con convocatorias del bono antiguo. Por eso Asturias, Cataluña, Ceuta, La Rioja, Baleares, Extremadura, Valencia y Canarias han sacado en 2026 convocatorias de 250 €. Es dinero real y disponible: si cumples los requisitos, pídelo. Nadie te va a «subir» después a 300 €, pero tampoco pierdes nada, porque cuando acabe tu bono podrás optar al nuevo si sigues cumpliendo los requisitos.

Bono actual vs. bono nuevo: la comparación

RequisitoBono actual (RD 42/2022)Bono nuevo (RD 326/2026)
Cuantía por vivienda250 €/mesHasta 300 €/mes (máx. 60 % del alquiler)
Cuantía por habitación250 €/mesHasta 200 €/mes (máx. 60 % del precio)
Duración24 meses (6.000 € máx.)2 años + prórroga de hasta 2 más (14.400 € máx.)
Edad18 a 35 años incluidos18 a 35 años incluidos
Ingresos máximos3 × IPREM (25.200 €/año)5 × IPREM (42.000 €/año); 5,5 o 6 × IPREM con discapacidad
Alquiler máximo (vivienda)600 €/mes, hasta 900 € en zonas justificadas1.000 €/mes (500 € en municipios de ≤ 10.000 hab.), ampliable
Alquiler máximo (habitación)300 €/mes, hasta 450 €600 €/mes (250 € en municipios de ≤ 10.000 hab.)
Tipo de convocatoriaPlazos cortos, normalmente por concurrencia competitivaAbierta y permanente hasta agotar el crédito
Compatible con otras ayudas al alquilerNoNo (salvo colectivos vulnerables)

IPREM 2026: 600 € al mes, 8.400 € al año en 14 pagas (congelado desde 2023). Los importes del bono nuevo están en los artículos 133, 134 y 137 del RD 326/2026.

Los requisitos que te dejan fuera (en los dos bonos)

Además de la edad, los ingresos y el precio del alquiler, hay tres exclusiones que tumban muchas solicitudes:

  • Tener una vivienda en propiedad o usufructo en cualquier punto de España. Se salva quien no puede usarla por separación o divorcio, por causas ajenas a su voluntad o porque es inaccesible por discapacidad.
  • Alquilar a un familiar de primer o segundo grado (padres, hijos, hermanos, abuelos, suegros, cuñados).
  • Ser socio de la empresa que te alquila, salvo cooperativas de vivienda en cesión de uso.

Y dos obligaciones que la gente olvida: la vivienda tiene que ser tu residencia habitual y permanente (se acredita con el empadronamiento) y el dinero solo puede destinarse a pagar el alquiler. Algunas comunidades pagan directamente al casero a través de una entidad colaboradora.

Cómo solicitar el Bono Alquiler Joven paso a paso

  1. Comprueba que tu comunidad tiene el plazo abierto. Mira la tabla de arriba o el listado de ayudas al alquiler filtrado por tu comunidad. Los plazos del bono actual son cortos (dos o tres semanas en Valencia y Cataluña); el de Canarias cierra el 6 de octubre y el de Extremadura el 14.
  2. Haz los números antes de pedirlo. Tres comprobaciones: tienes 35 años o menos, tus ingresos del último IRPF no pasan de 25.200 € (o del límite que marque la convocatoria) y tu alquiler no supera el tope de tu comunidad (600 €, 900 € en Baleares y otras zonas caras; 300/450 € si es habitación).
  3. Reúne la documentación. Lo habitual: DNI/NIE, contrato de alquiler firmado (o compromiso de firma), certificado de empadronamiento, declaración de la renta o certificado de imputaciones de la AEAT, justificantes de pago del alquiler (recibos o transferencias), certificado de titularidad de la cuenta bancaria y, en algunas comunidades, nota simple o certificado del Catastro de que no tienes vivienda en propiedad.
  4. Presenta la solicitud por la sede electrónica de tu comunidad (necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve). En la ficha de cada convocatoria te enlazamos el documento oficial, que indica el trámite exacto.
  5. Atiende los requerimientos. Si falta un papel, te dan 10 días hábiles para subsanar; si no respondes, se archiva la solicitud. Es la causa número uno de denegación.
  6. Sigue pagando y guardando recibos. La ayuda se paga por meses vencidos o por periodos, siempre contra justificante de pago. Muchas convocatorias de 2026 son retroactivas desde el 1 de enero de 2026, así que conserva todos los recibos del año.

La otra ayuda joven del plan: hasta 15.000 € para comprar en pueblos pequeños

El RD 326/2026 incluye una segunda ayuda para menores de 36 años de la que se habla mucho menos: una subvención de hasta 15.000 € (máximo el 20 % del precio) para comprar o autopromover tu vivienda habitual en un municipio de 10.000 habitantes o menos (ampliable a 20.000 si la comunidad lo justifica). Mismo límite de ingresos que el bono nuevo (5 × IPREM), sin vivienda previa en propiedad, compromiso de vivir allí 5 años, y el precio de la vivienda no puede pasar del tope que fija el anexo IV del decreto para cada comunidad. Vale para contratos firmados desde el 1 de enero de 2026, y a diferencia del bono de alquiler es compatible con otras ayudas a la compra. Como el bono de 300 €, depende de que cada comunidad la convoque.

Preguntas frecuentes

¿El Bono Alquiler Joven de 2026 es de 250 o de 300 euros?
Depende de qué norma aplique la convocatoria de tu comunidad. Las nueve convocatorias autonómicas publicadas en 2026 hasta la fecha, en ocho territorios (Asturias, Cataluña —dos—, Ceuta, La Rioja, Baleares, Extremadura, Comunitat Valenciana y Canarias), se rigen por el Real Decreto 42/2022 y pagan 250 euros al mes durante 24 meses (6.000 euros en total). Los 300 euros al mes los fija el Real Decreto 326/2026 (Plan Estatal de Vivienda 2026-2030), pero para aplicarlos cada comunidad tiene que firmar primero un convenio con el Ministerio de Vivienda y publicar una convocatoria nueva. A 16 de septiembre de 2026 no consta ninguna convocatoria de 300 euros en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
¿Hasta qué edad se puede pedir?
Hasta los 35 años incluidos en el momento de presentar la solicitud. Es el mismo límite en el bono antiguo (RD 42/2022) y en el nuevo (RD 326/2026, artículo 133.1.b). Tienes que ser mayor de edad.
¿Cuánto puedo ganar como máximo para tener derecho al bono?
En las convocatorias actuales (bono de 250 €), tus ingresos anuales no pueden superar 3 veces el IPREM: con el IPREM de 2026 (600 € al mes, 8.400 € al año en 14 pagas) son 25.200 euros brutos al año. El nuevo plan sube ese límite a 5 veces el IPREM, es decir, 42.000 euros al año (5,5 veces si tienes una discapacidad reconocida del 33 % o más, y 6 veces a partir del 65 %). Cada convocatoria concreta cómo se acredita, normalmente con la declaración de la renta del último ejercicio.
¿Cuál es el alquiler máximo que puedo pagar para que me lo concedan?
Con el bono de 250 € (RD 42/2022), la renta de la vivienda no puede superar 600 euros al mes, ampliables a 900 euros en las zonas que la comunidad haya justificado ante el Ministerio; para una habitación, 300 euros ampliables a 450. Baleares, por ejemplo, aplica los 900/450. Con el nuevo plan (RD 326/2026, artículo 133.1.e), los topes suben a 1.000 euros para vivienda y 600 para habitación; en municipios de 10.000 habitantes o menos son 500 y 250 euros. Las comunidades pueden subirlos aún más previo acuerdo con el Ministerio.
¿Puedo pedirlo si alquilo solo una habitación?
Sí, en los dos planes. En el nuevo, la ayuda para habitación es de hasta 200 euros al mes (frente a 300 por vivienda completa), siempre con el tope del 60 % de lo que pagas, y el contrato de habitación no tiene que estar formalizado conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
¿Durante cuánto tiempo se cobra?
El bono actual se concede por 24 mensualidades. El nuevo plan lo concede por dos años y permite que la comunidad lo prorrogue hasta otros dos, es decir, hasta 48 meses si sigues cumpliendo los requisitos. Con 300 euros al mes, el máximo teórico pasa de 6.000 a 14.400 euros.
¿Es compatible con otras ayudas al alquiler?
No. Tanto el RD 42/2022 como el artículo 136 del RD 326/2026 lo declaran incompatible con cualquier otra ayuda para pagar el alquiler, sea estatal, autonómica o municipal. Se exceptúan situaciones de especial vulnerabilidad (violencia de género, desahucio, familias monoparentales, personas sin hogar). Las deducciones autonómicas por alquiler en el IRPF no son subvenciones, así que en principio no entran en esta incompatibilidad, pero conviene confirmarlo en la convocatoria.
Todavía no tengo contrato de alquiler. ¿Puedo solicitarlo igualmente?
Sí. El nuevo plan admite expresamente a quien esté en condiciones de firmar un contrato: si te conceden la ayuda, tienes dos meses desde la notificación para firmarlo y empadronarte en la vivienda, y la concesión queda condicionada a eso. Algunas convocatorias del bono actual ya lo permitían también.
¿Qué pasa si me mudo mientras cobro el bono?
Si el nuevo piso está en la misma comunidad autónoma, cumple todos los requisitos y firmas el contrato nuevo sin interrupción con el anterior, no pierdes la ayuda. Tienes 15 días desde la firma para comunicarlo al organismo que te la concedió, y la cuantía se ajusta al nuevo alquiler sin superar la que ya cobrabas.
Mi comunidad no aparece en la tabla. ¿Significa que no hay bono?
Significa que no hay ninguna convocatoria del Bono Alquiler Joven de 2026 registrada en el BDNS a fecha de esta guía. Puede que tu comunidad la publique más adelante (lo normal es que las nuevas de 300 € salgan a lo largo de 2027), que tenga un programa propio con otro nombre (País Vasco tiene Gaztelagun, por ejemplo) o que su convocatoria anterior ya se haya cerrado. En el listado de subvenciones de tu comunidad puedes ver en tiempo real qué ayudas a la vivienda hay abiertas.

Fuentes oficiales

Los importes, topes y plazos son los publicados a 16 de septiembre de 2026. Cada convocatoria puede fijar condiciones propias dentro del marco estatal: antes de presentar la solicitud, lee el documento oficial enlazado en la ficha de tu comunidad.